Origen del castillo y coto de Aranga,
siglos X-XII
Carlos Barros
Universidad de Santiago de Compostela
La tardía integración -a finales
del siglo XII- de la jurisdicción de
Aranga en el dominio señorial de Sobrado, siglo y medio después de su fundación
oficial como monasterio familiar de los Condes de Présaras, tal vez contribuya a explicar la dureza de
los usos y costumbres feudales en dicho territorio, abolidos en parte por la
sentencia judicial de 1347[1], así
como la rebeldía rampante y secular de la gente de Aranga al dominio
cisterciense.
El 23 de octubre de 1193,
Alfonso IX dona al Monasterio de Sobrado el castillo del "brozo"[2] de Aranga con su coto demarcado
("brozum castelli de Aranga cum toto eo quod inter cantos"), con la
condición de que no se tornase a
reedificar y que nadie perturbase la
(nueva) propiedad jurisdiccional del cenobio con sus marcos de piedra[3].
Fernando III, Alfonso X (1255) y Alfonso XI (1345) confirman un privilegio
recopilatorio de Alfonso IX de 1226 reafirmando la donación, junto a otras
propiedades, al Monasterio de Sobrado la posesión del castillo y coto de
Aranga, que aparece "in primis locum"[4]. El
autor en el siglo XVI de un Códice de Sobrado conservado en el Archivo
Histórico Nacional resume, e interpreta, el privilegio de 1193 diciendo Alfonso
IX diera al Monasterio el "castillo de broço que por çiertas raçones se avia
destruydo con los cotos a el anexos, que es lo que agora se llama tierra de
Aranga
y esto con condiçion de que el castillo no se Reedifique, porque estos
castillos eran cuevas de ladrones en este Reino, lo que esta dentro de estos
marcos es la mas estendida jurisdicción que esta casa tiene"[5]. El
coto de Aranga del Monasterio de Sobrado -hoy ayuntamiento de Aranga[6]- es,
pues, la continuación de la jurisdicción
feudal del castillo[7], que les fue concedido a
los monjes cistercienses con la condición de que no lo pusieran en pié, dando a
entender el Rey que la fortaleza estaba mejor por los suelos, invadida de
maleza[8]. Cuando el monje que escribe el códice
dice que el castillo destruido por "çiertas raçones" legitima éstas -fundamentalmente
la acción de la monarquía- por los supuestos robos que desde él hacían sus
propietarios y habitantes seglares[9].
Queda claro, por lo demás, la importancia del nuevo señorío para Sobrado, por
mucho que el monje redactor la exagere[10]. Con
todo, a pesar de la incorporación de Aranga a Sobrado en la documentación
eclesiástica siguen constando Sobrado y Aranga como jurisdicciones
distintas, como se puede ver en las
confirmaciones papales a la Iglesia de Santiago de los años 1199 y 1225, que
escriben -como antes de la integración, en 1178 y 1181- "Superaddo et Aranga"[11].
El Monasterio de Sobrado siempre ambicionó el control de la cercana tierra de Aranga, por estar en su espacio natural de expansión entre los ríos Tambre, Mandeo y Eume[12], complementario del territorio (interior) competencia de la Iglesia de Santiago, entre los ríos Ulla y Tambre en los siglos XI-XII[13]. A partir de su fundación, en 952, por parte de los Condes de Presaras, los monjes y monjas de Sobrado reciben villas y heredades en la jurisdicción vecina de Aranga[14], pero no controlan al castillo, y por lo tanto el territorio y los tributos de vasallaje[15]. En 966, Sisnando, obispo de Santiago e hijo de los Condes de Presaras, pretende hacer donación del Castillo de Aranga al Monasterio de Sobrado[16], por lo que Mauricio Carbajo dedujo en el siglo XVIII, en consecuencia, que la fortaleza perteneció al condado heredado de sus padres[17]. Dudamos de ello, es más probable la posesión, en la segunda mitad del siglo X, de la tierra de Aranga y por lo tanto del castillo- por parte del conde Gutiérrez Rodríguez de Aranga y esposa, padres de Ilduara Gutierrez de Aranga y abuelos de Elvira de Faro, madre de Pedro Froilaz, primer conde de Traba[18]. Otra cosa es que los fundadores de Sobrado, tuvieran otra interpretación, sobre la pertenencia de esa jurisdicción menor que, posteriormente, asegura su independencia uniéndose al condado de Traba.
Los padres del obispo Sisnando traspasan el condado de Presaras, en 958[19], al recién constituido monasterio de Sobrado. Ni en este documento, ni en los anteriores y posteriores de donación de villas, iglesias y jurisdicciones de la familia de Hermenegildo y Paterna a Sobrado, jamás aparecen nombrados el castillo y la tierra de Aranga. Por lo que inferimos que la tentativa de donación tentativa de 966, no tuvo efecto. Con todo, ratifica la importancia jurisdiccional que tiene el castillo de Aranga[20], uno de los primeros en surgir en el arzobispado de Santiago[21]: sin la posesión del castillo no será posible durante los siglos X[22], XI y XII, asegurar ningún poder señorial en el valle de Aranga.
La realidad es que Aranga no se incorpora al coto
de Sobrado hasta el privilegio de
donación del rey Alfonso IX de 1193[23].
Hasta ese momento, este disputado territorio vertebrado por una fortaleza,
consta vinculado, por herencia de los condes de Aranga, a la poderosa casa de
Traba[24],
cuya jurisdicción tras-támara (más allá del río Tambre) incluía, de manera natural,
el castillo de Aranga y su coto, que pasaron seguramente a los Traba, por el
matrimonio a principios del siglo XI de Froila Bermudez con la nieta del conde
Gutierrez Rodríguez de Aranga[25].
Pedro Froilaz, hijo de Froila Bermudez y fundador de la casa de Traba, trasmitirá la jurisdicción propia del
linaje de su madre a sus hijos y nietos,
que anexan Aranga a Traba, como si tuviesen la misma importancia, en sus
títulos feudales en la segunda mitad del siglo XII, momento en el monasterio de
Sobrado, se expande a la vez que reafirma su independencia entrando en la orden
del Císter.
El 12 de febrero de 1156,
tenemos así a Gonzalo Fernández de Traba, hijo de Fernando Pérez de Traba y
nieto predilecto de Pedro Froilaz,
ejerciendo[26] como
"comes Gundisalvus senior in Trava et Aranga"[27]. El 14 de abril de 1157[28], nuestro "comes domnus Gundisalvus dominante
Trava et Aranga", es el confirmante principal de una escritura de Sobrado ("in
presentiam comitis donni Gundisalvi") en Santa Eulalia de Curtis, feligresía
fronteriza con Aranga[29] y
parte del condado de Traba (o Trastamara). El 1 de junio, aparece de nuevo
nombrado al final de una donación de particulares a Sobrado como "Comes
Gundisaluus senior in Traua et in Aranga"[30]. E
igual el 6 de noviembre de 1157, consta como "Comes Gundissaluus dominator in Travaa et in
Aranga"[31], y
el 26 de diciembre del mismo año es mencionado de nuevo "Comes Gundisaluus
senior in Traua et in Aranga"[32]. Se
trata, normalmente, de escrituras de
Sobrado que tienen que ver con Aranga (donde el monasterio reconocía la
autoridad condal de los Traba) y suelen nombrar al rey del momento, al conde de
la tierra, el arzobispo de Santiago y el obispo de Lugo. Se repite la
formula del conde Gonzalo el 29 de enero
de 1159[33],
pero el 20 de setiembre de 1161 vuelve a aparecer extrañamente el titulo de su
padre ("Comes dompnus Fernandus in Traua et in Aranga et in Monteroso"[34]) en una rara fórmula que junta las
jurisdicciones Traba-Aranga con el condado de Monterroso, que no detentaba su
hijo Gonzalo sino su tío Rodrigo Pérez de Traba, el Velloso[35].
El
último documento conocido del conde Gonzalo de Traba y Aranga es del 31 de
diciembre de 1164[36].
Hacia 1168 la situación jurisdiccional cambia, en el interior de la extensa
familia de los Traba: el territorio de Aranga surge de forma independiente,
como en el siglo X, bajo el señorío de Pedro Muñiz, llamado Corna[37],
hijo de Lupa Pérez de Traba, hermana de los citados condes Fernando y Rodrigo,
oportunamente casada con Munio Peláez, conde de Monterroso[38]. Pedro
Muñiz es, por tanto, también nieto de
Pedro Froilaz, conde de Galicia, ayo de Alfonso VII y partenaire de Gelmírez en
la Historia Compostela. Petrus Munionis, desprovisto del condado
de Monterroso de su padre (absorbido por la rama principal de los Traba[39]), juega, con todo, un papel
político-militar en Castilla como
veremos más adelante: se tienen noticias suyas, entre 1158 y 1176, como
participante de la curia de Fernando II[40].
Pedro Muñiz ve pronto impugnado su señorío de Aranga
por el emergente monasterio cisterciense. En 1168[41] se
enfrenta en un pleito sonado al Monasterio de Sobrado por los hombres de la
tierra de Aranga, y otras posesiones (iglesias, sobre todo) en el coto de
Sobrado, con el apoyo de los campesinos, de
un lado, y por el otro la protección del arzobispo de Santiago, Pedro
Gundestéiz (1168-1173), "qui in illo
tempore erat adversaruis Superaddi pro causa archiepiscopi dommi Martini"[42]. El
pleito fue visto por Fernando II en la ciudad Lugo, escuchó a unos y otros, y
nombró una comisión arbitral de "bonos hominis" de la nobleza (los Suariz),
encabezada por el obispo de Lugo, que sentencia a favor de Sobrado y trata, con
este documento del 1 de junio de 1168, presionar a señor de Aranga para que la
cumpla. A inicio se dice que tanto el Rey Fernando II como el arzobispo
Gundestéiz, tenían asimismo parte en las jurisdicciones en disputa[43]. El autor del Tumbo de Sobrado donde está la
noticia del pleito[44] presenta,
en consecuencia, el documento que da noticia del pleito como una "karta
diuisionis" que hizo el obispo de Lugo, por la autoridad del rey Fernando,
entre el Monasterio de Sobrado y Pedro Muñiz y el arzobispo de Santiago. La
sentencia presuntamente arbitral viene a ser fruto de una alianza de
Sobrado y Lugo contra Pedro Muñiz y
Santiago, que tenían la simpatía de los
descendientes de los Traba y del propio rey Fernando II.
A falta de escrituras realmente antiguas de posesión
de la jurisdicción de Aranga por parte de Sobrado, la Comisión lucense
justifica "ab antiquo tempo" la "hereditatem de Condado" en Aranga como "iur et
voce" de Sobrado, haciendo mención del privilegio
del 8 de abril de 1151 de Alfonso VII, que redactara de acuerdo de los Condes
de Traba, Fernando y Bermudo, donde se delimita de forma harto genérica el coto
de Sobrado, sin referencias a Aranga[45]. El documento pro Sobrado de la
comisión de 1168, deja en evidencia el incumplimiento por parte del señor de
Aranga, ya que hasta ese momento, escriben,
los "fratres non receperant", las jurisdicciones y bienes en litigio, que Pedro Muñoz tenía que poner "in manu" del
obispo de Lugo. Por el contrario, "Petrus Munione tenuisset totam aliam terram
populatam et vocem rusticorum cum sua propria directura", de manera libre y
tranquila, a pesar de ser de Sobrado (que "esse de voce Superaddi"). El
monasterio valora especialmente, dentro de los derechos del señor en Aranga,
las prestaciones personales de carpinteros, pedreros y ganaderos (criadores y
cuidadores de bueyes, vacas y caballos)[46]. Lo
que demuestra el desarrollo económico y social de las aldeas de Aranga, antes
de la implantación de las granjas cistercienses de Carballotorto y Carballal en
el siglo XIII.
Podemos atestiguar la continuidad de Pedro Muñiz como
señor de Aranga, mediante otros documentos. El 12 de julio de 1168, un mes y
once días después de la emisión del documento "arbitral" a favor de Sobrado,
don Pedro aparece mencionado en una escritura del Tumbo de Sobrado como el
"Tenente Aranga, Petro Munionis" seguido de "Gomes Gundisssaui senior in Trava
et in Faro"[47]. Lo que quiere decir que
el Monasterio asume de facto la contravención del laudo de la comisión de
notables del 1 de junio de 1168[48]. El
1 de noviembre de 1169, un año después del pleito, constan de nuevo como
jurisdicciones separadas, Aranga y Traba: "Gomez Gundisalui dominante en
Trastamar [Traba] et in Faro [A Coruña]", por un lado, y "Petrus Munionis in Aranga", por el otro[49]. El
1 de marzo de 1171, en otro documento -también de los Tumbos de Sobrado- se
menciona solamente como autoridad local, de manera grandilocuente, al "Princeps
ipsius terre Petrus Munionis, qui tenebat Aranga et suus uicarius Froilla Roderici"[50].
En 1176, Pedro Muñiz, ya mayor[51],
todavía frecuenta la corte de Fernando II[52]. La
simpatía del rey, y más todavía la de arzobispo Pedro Gudestéiz, se vio
reforzada por la participación de Pedro Muñiz, y su hijo García, en la defensa
de Cáceres en 1170, hecho militar que dio lugar a la Orden de Santiago, de la
cual nuestro caballero y señor de Aranga fue uno de los caballeros fundadores[53].
Podemos presumir que, en el momento del pleito con Sobrado por la tierra de
Aranga, Pedro Muñiz tenía asimismo
el sostén del heredero del condado de
Traba-Trastamara, Gómez González[54] que
estaba casado con su hija Elvira Pérez[55]. El
conde Gómez confirma, en 1183, la cesión de los derechos históricos de
encomienda de los Traba sobre la tierra de Sobrado a la Iglesia de Santiago[56].
La victoria en Aranga del nieto segundón de Pedro
Froilaz de Traba, e hijo del Conde de Monterroso, contra las pretensiones de
Sobrado sobre Aranga parece total en lo inmediato, y más allá de sus apoyos
políticos (consecuencia del aprovechamiento "desde abajo" de las rivalidades
políticas y señoriales), no se comprende al margen de la voluntad de la
"multitudine populorum rusticorum"[57] de
preferir el dominio laico de los Traba y Monterroso al señorío monacal de
Sobrado[58]. El esencial
conflicto campesinos / monjes cistercienses que subyace
como motor de fondo del pleito Traba / Sobrado de 1168 viene a demostrar el protagonismo como sujeto
histórico de la comunidad campesina del coto feudal[59], más
allá de la más conocida comunidad de aldea[60], y
el papel de la resistencia campesina, entre 952 y 1193, a la absorción del coto
de Aranga por el Monasterio de Sobrado. Queremos decir con esto que la lucha de
los campesinos de Aranga contra el dominio de Sobrado en 1347 (que dio a
conocer la práctica del derecho de pernada en la granja de Carballotorto[61]), tiene precedentes 179 años antes y
coadyuva a entender la severidad de las
prestaciones feudales de Sobrado en el coto rebelde.
Entre
1171 y 1193 la situación del coto de Aranga en manos de un rama lateral de los
Traba se deteriora, el castillo queda abandonado, Alfonso IX lo recobra y cede
a Sobrado de manera definitiva
hasta las nuevas y violentas intromisiones de
la nobleza trastamarista de 1369 en adelante. Desde 995 hasta 1193 se produce
un juego de poder a tres bandas entre el Monasterio de Sobrado, el condado
de Traba
y la Iglesia de Santiago, que los vecinos de Aranga aprovechan bien para
mantenerse al margen del poder feudal más importante y temido de la zona, a pesar de la
dulcificación social y racionalización económica del ideal cisterciense. El monasterio de Sobrado no fue capaz de
sustraerle la tierra de Aranga y su
castillo[62] a la casa de los Traba a lo largo
del siglo XII. Estos disfrutaban, además de su convergencia puntual con los
intereses de los campesinos y artesanos de Aranga, del apoyo de los reyes de
León, Alfonso VII (1126-1157) y Fernando II (1157-1188), que se habían criado
con ellos[63]. Los monjes que
subsistían[64] en el edificio abacial
bastante tenían con defenderse de los intentos de los hijos de Pedro Froilaz,
condes de Galicia, de sustituir a la extinguida casa de Presaras[65] en
el control vía encomienda del otrora pujante monasterio. Por lo que finalmente
fue la Iglesia de Santiago quien protegió la autonomía del monasterio
cisterciense, cuando el propio declive y fragmentación de los Traba[66],
hizo posible la neutralización del castillo y
la integración de Aranga en el coto de Sobrado.
En 1118, la reina Urraca y su hijo Alfonso VII para
agradecer sus servicios a Pedro Froilaz, ayo del rey y primer Conde de Traba,
entregan, en forma de encomienda[67], el
Monasterio de Sobrado a sus hijos, Fernando y Bermudo Pérez de Traba, con el
argumento autocrítico de que, un siglo antes, Fernando I había usurpado con violencia a los abuelos maternos
de los hermanos Traba: condes Sigeredo Aloitez y Adosinda Arias[68]. El
patronazgo de los Traba resulta ratificado, en 1135, por un Alfonso VII ya
adulto que confirma la donación a los hermanos Traba del monasterio de Sobrado[69]. En
1142, Fernando y Bermudo Pérez de Traba, aceptando los nuevos tiempos, y sus
propios fracasos[70], entregan formalmente el
Monasterio animados por el rey Alfonso a la orden francesa del Císter[71].
Inicia así la abadía de Sobrado su ascenso económico y social como señorío
independiente[72]. Se suceden ahora, paradójicamente, las
donaciones a los nuevos monjes (franceses) de heredades de la propia familia de
los Traba[73], y pronto -hacia
1160, cuando muere su hermano Fernando[74]-
ingresa a edad avanzada Bermudo Pérez de Traba como simple monje en Sobrado[75]. En
1151, el emperador Alfonso VII oficializa la nueva situación confirmando y
definiendo los límites jurisdiccionales de monasterio cisterciense de Sobrado
con el consentimiento de los hermanos Traba (la carta se hace con el "consilio
et uoluntate comites domni Fernandi et domni Ueremundi Petri"), que (con)
firman el privilegio al final[76]. En
1183, Fernando II ratifica una decisión anterior de Fernando Pérez de Traba de
traspasar la jurisdicción de Sobrado cuyo patronazgo le pertenecía desde 1118-
a la Iglesia de Santiago, añadiendo los tributos del rey y el monasterio de Mezonzo[77], lo que no debió satisfacer
completamente a los monjes cistercienses, en cuyos documentos y memoriales no
quedó huella de este documento, que significaba el fin del control de los Traba
sobre Sobrado. A partir de aquí, los condes de Traba serán siendo considerados
reconstructores de Sobrado por los futuros recopiladores de códices e
historiadores benedictinos[78]. Así
y todo, con independencia de sus relaciones con el Monasterio, los Traba nunca
incluyeron al coto de Aranga en el coto de Sobrado, ni antes ni después de su
prolongado patronazgo sobre al convento, tampoco de la desaparición de los
hermanos Fernando y Bermudo en paz con los monjes. Por cuestión identitaria,
preservaron siempre los castillos de Traba y Aranga, con sus jurisdicciones
para la casa matriz, hasta finales del
siglo XII, en pleno tránsito hacia el condado Trastamara-Monterroso[79],
que, dos siglos después, revolucionará el reino de Galicia y la corona de
Castilla, levantándose de nuevo el viejo castillo de Aranga, para dolor de
cabeza del monasterio de Sobrado y de los propios vecinos, que lo derrocarán en
1467 durante la revuelta irmandiña.
[1][1] Véase la nota 61.
[2] Se
trata de un apelativo circunstancial (véase la nota 8), las referencias más antiguas (hasta la revuelta
irmandiña) lo denominan "castillo de Aranga": en 966 (véase la referencia de la
nota 16) y circa 995, cuando el obispo iriense Pedro I (Pedro
de Mezonzo) restaura el Monasterio de Santa Eulalia de Curtis, ubicando la
parroquia "S. Vicentio de Narmaia, quae est juxta Castellum de Aranga"
(incluyendo el territorio, por supuesto), Enrique FLÓREZ, España Sagrada, tomo XIX, 1765, p. 387; la presunta inexistencia
del concilio lucense de 569, del que se deriva el llamado privilegio del rey
Miro de 570 en que delimita el décimo condado de la Iglesia de Lugo de
Narla (en concejo actual de Friol) que llega hasta el castillo de Aranga ("perveniens
ad castellum aranga"), no le quita interés a la referencia, que es medieval aún siendo falso el documento como
defendió Enrique Flórez (España Sagrada, tomo IV, 1749, pp.
130-151) frente a Francisco Huerta y
Vega (Anales del Reyno de Galicia,
1733, p. 408) y otros historiadores gallegos, como Manuel Murguía que escribió:
" El Concilio II de Lugo no corre con gran predicamento entre los eruditos, mas
importa poco; nunca podrá negarse que en los primeros tiempos de la reconquista
[siglo VIII], aparece ya el obispado de Iria dividido en condados, de tal
manera, que no sería difícil señalar los que correspondieron a esta sede [Lugo]
y le fueron asignados en el citado concilio [siglo VI]", El foro. Sus orígenes, su historia, sus condiciones, p. 58 n. 1.
[3]
Mauricio CARBAJO, Cronicón manuscrito de
Santa María de Sobrado (1775), Biblioteca Xeral da Universidade de Santiago
de Compostela, ms. 587, fols. 425-425v.
[4] Idem, fols. 435-437; el Monasterio
solicita en Ourense un traslado notarial del privilegio recopilatorio de
Alfonso IX, y las confirmaciones de los reyes posteriores hasta 1345; no
existen confirmaciones de reyes del dominio de Sobrado sobre la tierra de
Aranga que sean posteriores al pleito
con los vecinos que provocan pretende resolver la sentencia del juez real de
1347.
[5] AHN
Cód. 341, fol. 11.
[6] Como
tantos concejos gallegos el origen remoto del municipio de Aranga es una
fortaleza y su jurisdicción, después coto de Sobrado, al igual que los ayuntamientos de Curtis,
Mesía y Sobrado dos Monxes.
[7] El
castillo de Aranga estaba situado en el lugar de Congostro, en la aldea de
Barreiro, a escasos metros de la confluencia de los ríos Mandeo y Cambás, sobre un gran peñascal, fue
excavado y estudiado en 1944 y sus hallazgos están en el castillo de San Antón,
Fernando CABANAS, Aportaciones para el conocimiento
del castillo y el monasterio de Aranga en el apartado de descargas de www.aranga,es; José María LUENGO, "Exploraciones en el castillo
de Aranga (La Coruña)", Cuadernos de
Estudios Gallegos, Santiago, nº 15,
1950, pp. 21-35.
[8] Es lo
que significa el sobrenombre de "broço"; broza significa todavía hoy
"maleza", tanto en castellano como en gallego; Sebastián Cobarruvias
define brozno como "tosco, áspero, por desbastar" (Tesoro de la Lengua Castellana [1611],
Madrid, 1984, p. 237), derivándolo del latino bruscus", siguiendo a Antonio
Nebrija que lo traduce por "cosa brozna y áspera al sentido" (Dictonarium latino-hispanicum [1492],
Gerona, 1758, p. 49); Joan Corominas, sin embargo, hace venir tanto broza -entendida como "maleza"- como
brozno -entendido como "áspero, bronco"-
del céltico y otras lenguas prerromanas,
con el significado próximo de "brezos" o "frondoso" (Diccionario crítico etimológico castellano e
hispánico, vol. 1, Madrid, 1987,
pp. 675-677); pensamos que en latin
medieval "brozum" pudo tener ambos
significados de maleza y aspereza, aplicable al imaginario de un
castillo roquero, derruido y de mal recuerdo.
[9] El
autor del códice está influido probablemente por la memoria colectiva, viva a
lo largo del siglo XVI, de la revuelta irmandiña de 1467 contra las
fortalezas-nidos de malhechores del Reino de Galicia, entre las que se
encontraba el castillo de Aranga, que no parece, sin embargo, haber sido
derrocado por los vasallos (véase la
nota 62), ya que estos apoyan
a su último propietario noble, Pedro Muñiz, contra el monasterio de
Sobrado en el pleito de 1168, como veremos más adelante.
[10] La
integración plena de la tierra de Aranga en Sobrado coincide justamente con el
periodo de expansión de su dominio, entre 1160 y 1220, María del Carmen PALLARES MÉNDEZ, El
monasterio de Sobrado: un ejemplo del protagonismo monástico en la Galicia
medieval, La Coruña, 1979, pp. 130 ss.
[11] Tumbo B de la Catedral de Santiago, María
T. GONZÁLEZ, edit., Santiago, 2004, pp. 529, 545, 581, 606; lo mismo, por ejemplo, en un documento de 1163 sobre
heredades en "cauto superaddo et de
aranga", Tumbo de Sobrado, I, p. 226.
[12]
Ermelindo PORTELA, María del Carmen PALLARES, "Santa María de Sobrado. Tiempos
y espacios de un monasterio cisterciense
(1142-1250)", De Galicia en la Edad Media, Santiago, 1993, pp. 59, 70.
[13] José BARREIRO
SOMOZA, El señorío de la Iglesia de
Santiago de Compostela (siglos IX - XIII), A Coruña, 1987, p. 111.
[14] En 959, Rodrigo, hijo de los Condes de Presaras, y su mujer Elvira, donan a Sobrado, entre varias propiedades, una
villa (núcleo de población y
explotación agraria) en Aranga, Tumbo de Sobrado, I, p. 30; que, hacia 971, aparece en un
inventario de todas la
posesiones de los Condes y sus hijos que
pasaron a Sobrado, Idem, p. 138;
otras donaciones de heredades -y alguna venta- de particulares a favor de
Sobrado en "territorio" o "términos" de Aranga tiene lugar en los años 1131,
1162, 1163, 1164, 1166, 1167, 1171,
1172, 1173, 1184, 1189 y 1230 , Tumbo de Sobrado, I, pp. 200-201,
225-227, 249-252, 522; ARG, Códices Libro 565, fols. 258-258 v; todavía en
1279, cambian los monjes de Sobrado
bienes por otros en Aranga, AHN, Sección Nobleza, Osuna C. 488 D. 3.
[15] En
el pleito de 1347 no presentan documentación anterior a 1193,, que probara el
señorío de Sobrado sobre Aranga, porque
no la tenían.
[16]
Mauricio CARBAJO, Cronicón de Sobrado, fol. 481; el cronista esgrime
ese dato para concluir que el castillo y el monasterio de Aranga eran cosas
diversas, y dice del lugar de Aranga "que dista tres lenguas largas del de
Sobrado y es uno de los principales lugares de su jurisdicción".
[17] Idem, fol. 60 v.
[18] José
Luis LÓPEZ SANGIL, La nobleza
altomedieval gallega. La familia Froilaz-Traba, Noia, 2002, p. 16 y cuadro
genealógico nº 3 en Apéndice.
[19] Tumbo de Sobrado, I, pp. 125-127;
con todo, ni en este documento, ni en los anteriores y posteriores de
traspaso de bienes y jurisdicciones de la familia de Hermenegildo y Paterna a
Sobrado, aparece nombrada Aranga.
[20]
Falta por revalorizar, e investigar, en
Galicia el papel de las fortalezas en la formación del feudalismo, algo
habitual en el Occidente medieval, Carlos BALIÑAS, Gallegos del año mil, A Coruña, 1998, p. 265.
[21] Fernando LÓPEZ ALSINA, La ciudad de Santiago de
Compostela en la Alta Edad Media (800-1150), Santiago, 1988, p. 225.
[22] En
995, la referencia geográfica la territorio de Aranga es, de nuevo, el
castillo, véase la nota 2.
[23] Así,
en una delimitación de coto de Sobrado sin fechar, pero posterior a 1193, consta el coto de
Aranga, supeditado a la fortaleza como
en el siglo X: "et Castello de Aranga cum
suo mandamento", Tumbo de Sobrado,
I, p. 239.
[24] La casa
de los Traba tenía como base principal
una fortaleza probablemente situada en la parroquia Santa María de Traba,
municipio de Coristanco.
[25]
Véase la nota 18.
[26]
Gonzalo Fernández de Traba, actúa desde 1153, en vida de su anciano padre, como
heredero del condado de Traba, Idem, p. 132.
[27] Tumbo de Sobrado, II, p. 145.
[28] Tumbo de Sobrado, I, pp. 189-190.
[29]
Véase la nota 2.
[30] Tumbo de Sobrado, I, pp. 196-197.
[31] Idem, p. 429.
[32] Idem, p. 292.
[33] Idem, p. 291.
[34] Idem, p. 284; Fernando Pérez de Traba
muere entre los años 1160 y 1161; el 17 de abril de 1160, el hijo más
influyente de Pedro Froilaz, aparece en una donación de su hermano Bermudo a
Sobrado como "comes domnus Fernandus
senior in Monterroso et in Traba", sin
embargo puede estar errada su mención en la donación del 20 de setiembre de
1161 que comentamos, pues meses antes, el 24 de
julio de 1161, donde consta Fernando
Pérez como fallecido al estar
suscrito otro documento por
Sancha González como su viuda, Historia de la Santa A. M. Iglesia de Santiago de Compostela, IV, p. 273; La
nobleza altomedieval gallega. La familia Froilaz-Traba, p. 100; Ermelindo
PORTELA, María del Carmen PALLARES, "Aristocracia y sistema de parentesco en
los siglos centrales de la Edad Media:
el grupo de los Traba", De Galicia en la
Edad Media, Santiago, 1993, p. 283 n 20.
[35] La
nobleza altomedieval gallega. La familia Froilaz-Traba, pp. 112-113;
aparecen asimismo las dos denominaciones
(Traba-Aranga y Monterroso) separadas en el
documento citado del 12 de febrero de 1156 (véase la nota 27).
[36] Idem, p. 134.
[37] Tumbo de Sobrado, I, p. 330.
[38] La nobleza altomedieval gallega. La familia
Froilaz-Traba, pp. 106-108.
[39] A partir de Gonzalo Fernández de Traba,
muerto entre 1164 y 1168 ( pocos años después que su padre Fernando Pérez), nos encontramos con que la línea principal de
sucesión de la casa fundada por Pedro Froilaz, que sigue con Gómez González y
termina a mediados del siglo XIII con Rodrigo Gómez, sustituye definitivamente la denominación
"Traba y Aranga" (cuyo respectivos castillos son recuperados por la monarquía antes de 1200)
por "Tratamara y Monterroso", Ermelindo PORTELA, María del Carmen PALLARES,
"Aristocracia y sistema de parentesco en los siglos centrales de la Edad Media: el grupo de los Traba", De Galicia
en la Edad Media, Santiago,
1993, pp, 285, 287 n 33, 288 n 34, 290.
[40] La nobleza altomedieval gallega. La familia
Froilaz-Traba, p. 107.
[41] Tumbo
de Sobrado, II, pp. 47-48.
[42] En realidad, el arzobispo Martín (1156-1168)
con quien se enfrentó fue con el rey
Fernando II, que intentó echarlo de la sede compostelana, buscando y obteniendo
el primero el apoyo del Monasterio de Sobrado,
que después tuvo problemas en el nuevo arzobispo, Pedro Gundestéiz, Historia de la Santa A. M. Iglesia de
Santiago de Compostela, IV, pp. 271, 277-282.
[43] Los
intereses de la monarquía y el arzobispado en las tierras de Aranga y Sobrado,
explican intervenciones posteriores,
como el traspaso a la Iglesia de
Santiago de la tierra de Sobrado en 1183
(véase la nota 77) y la recuperación
del castillo de Aranga y su territorio, antes de 1193.
[44] Tumbo
de Sobrado, II, p. 47.
[45] Tumbo de Sobrado, II, pp. 28-29; por este documento, el autor del
códice 341 del AHN, se deshace en el fol. 23 en salmos a don Fernando y don
Bermudo que "volvieron a reedificar" el monasterio de Sobrado.
[46] Tumbo de Sobrado, II, p. 48.
[47] Tumbo de Sobrado, I, p. 220.
[48] No siempre queda rastro documental de la no
aplicación de una sentencia; nos preguntamos cuántos pleitos ganados en el
papel por los grandes señores resultan
después frustrado por la resistencia de los campesinos y sus aliados, dando la
idea falsa de que "los campesinos siempre pierden".
[49] Tumbo de Sobrado, I, p. 191.
[50] Idem, p. 218.
[51] Su
hijo, Fernandus Petri, confirma en 1175, una donación de su hermana, Tarasia
Munioni, a Sobrado, Tumbo de Sobrado,
II, p. 63.
[52]
Véase la nota 40.
[53] Historia de la Santa A. M.
Iglesia de Santiago de Compostela,
IV, pp. 298-300; José
FERNÁNDEZ LLAMAZARES, Historia
compendiada de las cuatro órdenes militares de Santiago, Calatrava, Alcántara y
Montesa, 1862, p. 25.
[54] Véase la nota 39.
[55] La nobleza altomedieval gallega. La familia
Froilaz-Traba, p. 159.
[56]
Véase la nota 77.
[57] Tumbo
de Sobrado, II, p. 47.
[58] En
el reino bajomedieval de Galicia, ocurrirá más bien lo contrario: los
campesinos suelen aliarse a los monasterios contra la agresividad depredadora
de la nueva nobleza.
[59] El monasterio de Sobrado: un
ejemplo del protagonismo monástico en la Galicia medieval, p.
235.
[60] La comunidad
campesina del coto, que
usualmente suma varias aldeas, refleja
mejor en sus relaciones exteriores el régimen feudal imperante.
[61] Carlos BARROS, "Rito y violación:
derecho de pernada en
[62] El
castillo parece estar, en el siglo
XII, más dedicado a la protección del señor laico y los vasallos de Aranga frente a otros
señores, que a la opresión de los
campesinos del coto; durante el siglo XIII y
gran parte del siglo XIV
permanece derruido, siendo sustituido como centro del poder feudal por la
granja de Carballotorto, hasta su
reedificación por los nuevos señores
(los Andrade y/o los Ulloa) a finales del siglo XIV o principios del siglo XV.
[63] Al final de su reinado, en 1183, Fernando II
convence al conde de Traba, Gómez González, para ceder el patronazgo de Sobrado
al arzobispo de Santiago (véase la
nota 77); y será su
hijo Alfonso IX (1188-1230) que
pase, en 1193, menguada la casa de Traba, Aranga a Sobrado.
[64] La
crisis de monasterio benedictino no se supera hasta finales del siglo XII,
sobre su franca decadencia en la primera mitad del siglo XII, véase El monasterio de Sobrado: un
ejemplo del protagonismo monástico en la Galicia medieval, pp.
109 n 25, 112.
[65] Idem,
pp. 110, 223-224.
[66] Ibidem.
[67] El sistema de encomienda de monasterios se inicia en
el siglo XII, suponía el pago de un
canon o determinados servicios al
señor laico por la protección recibida,
dando lugar a grandes abusos en los
siglos XIV-XV, José GARCÍA ORO, "Los
señoríos monásticos gallegos en la Baja Edad Media", Compostellanum, Santiago de Compostela, vol. XIV, 1969,
pp. 563-568.
[68]
Carta de donación real, fechada el 29 de julio de 1118, del
Monasterio de Sobrado a los Traba que enmienda la acción del abuelo de doña Urraca "quod prefuit
auus uestro Segeredo Aluiti et de uxore sua Adosinda Arie uiolenter sine
omni directo", Tumbo de Sobrado, II, pp. 23-24.
[69] Tumbo de Sobrado, II, pp. 24-25.
[70] Al sustituir a los condes de Presaras, propietarios y fundadores en el siglo X del Monasterio, el linaje de los Traba y sus antecesores oscilan, en realidad, durante los siglos XI y XII, entre la continuidad del trato a Sobrado como un monasterio familiar y la simple encomienda, más adecuada en los siglos XII-XIII a la autonomía de las nuevas órdenes religiosas.
[71] Tumbo de Sobrado, II, pp. 27-28.
[72] El
auge del Sobrado cisterciense va en paralelo con la decadencia de los Traba, El monasterio de Sobrado: un
ejemplo del protagonismo monástico en la Galicia medieval, pp. 223-224
[73] Idem, p.
224.
[74]
Véase la nota 34.
[75] La
nobleza altomedieval gallega. La familia Froilaz-Traba , p. 62.
[76] Tumbo de Sobrado, II, pp. 28-29.
[77] Tumbo A de la Catedral de Santiago,
Manuel LUCAS, edit., Santiago, 1998, pp. 271-272; confirma el documento Gómez
González, nieto de Fernando Pérez de Traba y heredero del condado de Traba-
Trastamara, cuya relación con Sobrado fue escasa, La nobleza altomedieval gallega. La familia Froilaz-Traba, pp.
158-169.
[78]
Véase la nota 45; juzgan
positivamente a los condes tanto Mauricio
Carbajo en el siglo XVIII como el autor del memorial d de Sobrado (1633)
guardado en el Instituto Padre Sarmiento de Santiago; la excepción es Antonio Yepes quien escribía de los abuelos maternos de los
condes de Traba, que la envidia
"dio traza que un caballero llamado Segeredo y su mujer Adonsinda se
aficionasen a la hacienda y posesiones del convento", y consideraba a Fernando y Bermudo Peréz de Traba, usurpadores arrepentidos, citando para ello una escritura de devolución, en
1133, de l patronazgo o posesión del
monasterio que no consta en los Tumbos y
Códices de Sobrado , Crónica General de
la Orden de San Benito (1610), vol. II, Madrid, 1960, pp. 283, 284.
[79]
Véase la nota 39.