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La revuelta de los irmandi�os
Mentalidad justiciera gallega
Carlos Barros https://www.h-debate.com/cbarros/spanish/articulos/historia_medieval/berlin.htm
El entorno mental y pol�tico que rodea a la justicia es particularmente relevante en la Edad Media, por constituir la administraci�n de la justicia la principal funci�n de gobierno, delegada por el Rey a los se�ores feudales. La percepci�n de lo que es o no es justo, transcendental en cualquier revuelta social, se puede estudiar as� con m�s claridad y con mayor transcendencia en el medievo europeo.
Nuestra investigaci�n se centr� en la revuelta de los irmandi�os[4], diminutivo afectivo en lengua gallega con el que se designa actualmente a los campesinos, artesanos, pescadores, mercaderes, cl�rigos e hidalgos que, organizados como Santa Hermandad del reino de Galicia, se levantaron exitosamente, entre 1467 y 1469, contra los se�ores feudales y sus fortalezas, las cuales derrocaron pr�cticamente en su totalidad, con cierto apoyo por parte de la monarqu�a castellana y de la Iglesia.
Gracias a testimonios orales de supervivientes y descendientes de los participantes, conocemos la preeminencia de la justicia en las motivaciones de los protagonistas y en la legitimaci�n del levantamiento. Dec�an que los se�ores y sus representantes les hac�an agravios y males desde las fortalezas, y que por ello se sublevaron y las derrocaron. El derecho de resistencia de los vasallos se fundamentaba en el incumplimiento, por parte de los se�ores, del pacto feudal que obligaba a los primeros a satisfacer las rentas y los servicios jurisdiccionales mientras los feudales hab�an de protegerlos de terceros y administrar justicia en sus se�or�os. Cuando los caballeros se metamorfosean de jueces en malhechores, acusaci�n transmitida por la tradici�n oral y dirigida sin demasiados matices contra toda la clase se�orial, los campesinos y dem�s vasallos se insurreccionan para restablecer “la paz, la justicia y la seguridad en el Reino”, rompiendo durante la revoluci�n el v�nculo vasall�tico y negando, en consecuencia, el pago de tributos o los servicios debidos a los se�ores[5], incluyendo aquellos que simpatizaban con la Hermandad. La quiebra de sistema mental de los “tres �rdenes” (los caballeros defienden, los cl�rigos rezan y los campesinos trabajan para mantenerlos), provoca un inversi�n de valores -y de poder- en los a�os 1467, 1468 y 1469 que tendr� efectos duraderos. Dejar� el terreno libre para la implantaci�n de la justicia p�blica por parte del naciente Estado moderno, el cual va a recuperar muchas de las atribuciones pol�ticas cedidas a los se�ores feudales en la Alta y Plena Edad Media: la justicia en primer lugar. Ser� la forma de resolver, “desde arriba”, la crisis de hegemon�a se�orial que tiene lugar en toda Europa entre el siglo XV y XVI, y cuya resoluci�n, en el reino de Galicia, se caracteriza por una fuerte intervenci�n “desde abajo”.
�C�mo se entrelazan consiguientemente la econom�a, la sociedad, la pol�tica y la mentalidad en la revuelta irmandi�a? La crisis del feudalismo en la Baja Edad Media, desde la peste negra de 1348 en adelante, induce en toda la Corona de Castilla, con la victoria trast�mara en la guerra civil 1366-1369, un cambio cualitativo en la clase dirigente, que transita de la “vieja nobleza” a una “nueva nobleza” que desplaza a la Iglesia del poder social, antes hegem�nica en el sistema feudal gallego. La “nueva nobleza” trastamarista impone as� una segunda feudalizaci�n del reino que concluy� en 1467, cuando, despu�s de una serie de revueltas locales que sirvieron de ensayos, una sublevaci�n justiciera y antise�orial de gran envergadura que inicia, sin duda alguna, los tiempos modernos en Galicia.
Hemos comprobado en Mentalidad justiciera de los irmandi�os que, en efecto, en los a�os anteriores al levantamiento tiene lugar un incremento notable de las denuncias de agravios y da�os cometidos por los se�ores y sus servidores. La disminuci�n de los ingresos se�oriales, y la continua guerra de los se�ores por el control de la tierra y los hombres, generalizan la delincuencia directa e indirecta de los caballeros del reino. La crisis econ�mica bajomedieval mengua, pues, la renta feudal al tiempo que incrementa los costes se�oriales de mantenimiento de los s�quitos militares y de las fortalezas, as� como los gastos suntuarios. Los se�ores gallegos precisan de la violencia para obtener m�s ingresos, y m�s tierras y vasallos que generen ingresos. Roban ganado para mantener soldados y fortalezas, secuestran mercaderes y campesinos acomodados para obtener dinero, ocupan por la fuerza la jurisdicciones de la Iglesia, del Rey y de otros se�ores... Las guerras feudales y las revueltas sociales, engendradas por la violencia expropiadora e ilegal de los caballeros, agravan a su vez la situaci�n de �stos al incrementar sus p�rdidas y mermar sus ganancias. Finalmente, la cadena se rompe por el eslab�n m�s d�bil: la relaci�n se�or/vasallos, en una coyuntura de agudizaci�n de las contradicciones tanto en el interior de la gran nobleza laica como entre �sta y la baja nobleza, las ciudades, la Iglesia o el Rey leg�timo. Por lo cual no es extra�o que, cuando los campesinos y artesanos indignados comienzan las insurrecci�n contra las fortalezas y sus due�os, a quienes derrotan militarmente, nadie se mueve en su apoyo porque todos se sent�an v�ctimas de los se�ores de las fortalezas.
Este levantamiento armado de los vasallos contra las fortalezas, que transforma la santa hermandad concedida por el Rey para mantener la justicia, la paz y la seguridad en el reino de Galicia, en un movimiento anti-se�orial de gran radicalidad, no se desencadena contra los tributos feudales sino contra los crecientes delitos comunes que ven�an cometiendo los se�ores y su gente contra los vecinos del Reino. Son los actos se�oriales contra derecho, seg�n la percepci�n popular, los que convierten en insoportable, en la primavera de 1467, el dominio se�orial a trav�s del sistema de fortalezas. Las rentas y los servicios jurisdiccionales, pese a que tambi�n se hab�an incrementado, no hacen detonar la gran rebeli�n antise�orial. La legitimidad de los tributos que cobraban los caballeros formaba parte de la mentalidad medieval. El consenso feudal se interrumpe realmente cuando fallan las contrapartidas que reciben los vasallos por pagar sus tributos: un r�gimen de justicia, es decir, buen gobierno y protecci�n contra terceros. Para la mentalidad medieval, vasall�tica/se�orial, resulta inconcebible que el se�or que deber�a proteger a sus vasallos de los malhechores, se transforme el mismo, a ojos del pueblo, en un malhechor. Una delincuencia se�orial que es percibida como general, es la gota que desborda el vaso y hace intervenir en la historia a la gente com�n. Esta metamorfosis del sentimiento acumulado de agravio en acci�n justiciera desata, a rengl�n seguido, la rebeli�n anti-se�orial pura y dura.
�C�mo aparecen los tributos feudales en los memoriales de agravios? Alg�n impuesto es denunciado por los vasallos rebeldes como si fuese un atraco[6]. Las m�s de las veces, los tributos se�oriales aparecen en la lista de quejas a continuaci�n de los agravios, siempre en un lugar subalterno respecto a robos y rescates con su correlato de homicidios y violaciones, porque en la acci�n directa antise�orial cuentan m�s los hechos que las palabras. La quiebra de la relaci�n social se�ores/vasallos, la derrota militar de los caballeros y la ocupaci�n por parte de la Santa Hermandad de sus tierras y bienes, tienen como efecto inmediato el impago de rentas jurisdiccionales. La ruptura vasall�tica no es la causa primera de la revuelta sino su consecuencia m�s inmediata. Viven sin se�ores dos a�os por la inculpaci�n universal de �stos en hechos delictivos, indudablemente la conciencia antise�orial de los rebeldes trabajadores no pod�a estar m�s satisfecha. Se hab�an adelantado, por un tiempo breve, tres siglos a la emancipaci�n feudal campesina. Los se�ores retornar�n en 1469, pero ya jam�s las cosas volver�n a ser como antes: perdida su hegemon�a moral en Galicia los Reyes Cat�licos aprovechar�n para “exiliarlos” en la Corte de Espa�a.
En conclusi�n, �por qu� estalla la revuelta en el reino de Galicia en abril de 1467? El primer factor es, sin duda, la mentalidad popular de revuelta, fundamentada en el uso alternativo de la justicia[7]. El segundo factor es la coyuntura pol�tica de guerra civil y vac�o de poder en la Corona de Castilla entre 1465-1468, que los sectores pol�ticamente informados, sobre todo urbanos, aprovechan para arrancar de Enrique IV el permiso para formar hermandades y, meses despu�s, el apoyo legal a los masivos derrocamientos de fortalezas. El tercer factor es el aumento, a lo largo del siglo XV, de la presi�n tributaria de los nuevos se�ores sobre los vasallos propios, de la Iglesia o de las ciudades de realengo, sin ahorrar violencia. El cuarto factor es la evoluci�n cr�tica de la demograf�a y la econom�a gallegas desde mediados del siglo XIV, que incide -y se expresa- sobre todo lo anterior.
La explicaci�n de un fen�meno complejo como una revuelta s�lo puede ser global, resultado por consiguiente de la conjunci�n de dichos cuatro factores, que no funcionan por separado, lo cual no excusa una jerarquizaci�n, que va a depender de cada caso concreto y del arco temporal que consideremos. El peso de lo mental, lo pol�tico, lo social o lo econ�mico, va de mayor a menor en la corta duraci�n y de menor a mayor conforme el intervalo temporal se amplia. Al menos en el caso de las revueltas sociales, acontecimientos vinculados al cambio hist�rico por definici�n.
Por supuesto que las revueltas sociales de los siglos XIV y XV son consecuencia de la crisis del feudalismo, pero no se dice mucho con ello. En muchos sitios no hubo revueltas. Y no es lo mismo el ciclo de revueltas de la segunda mitad de siglo XIV en Francia, Pa�ses Bajos e Inglaterra, a continuaci�n de la peste negra, que las revueltas de la segunda mitad del siglo XV en Espa�a (Galicia y Catalu�a), vinculadas a una segunda servidumbre y a los proleg�menos del Estado moderno, fen�menos que en otras partes de la Pen�nsula Ib�rica y Europa no han venido acompa�ados, sin embargo, de grandes revueltas. Tampoco una coyuntura pol�tica favorable es determinante para la explicaci�n de porqu� estalla la revuelta: en ning�n otro lugar de la Corona de Castilla se repiti� una revuelta como la irmandi�a durante la guerra de Enrique IV con la nobleza; ni tampoco en otras zonas de la Corona de Arag�n tuvo lugar una revuelta como la remen�a de Catalu�adurante el reinado de Fernando el Cat�lico[8] . En la muy corta duraci�n, lo decisivo es pues la formaci�n de la mentalidad popular de revuelta, donde la justicia suele jugar un papel central: cuando la gente se siente agraviada, injustamente tratada, se rebela. La mentalidad del instante con su carga de emotividad suele ser tan importante que sin ella, sencillamente, no hay revuelta, y si no se produce el acontecimiento, no tendr�amos objeto de estudio.
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Extracto de la Ponencia presentada en la International Conference “Justice / Violence / Hegemony”, organizada por The Berlin Institute of Critical Theory y la Freien Universit�t Berlin el 1-4 de junio de 2000.
[1] E. P. THOMPSON, The poverty of theory and other essays, Londres, 1978.
[2] Carlos BARROS, “El retorno del sujeto social en la historiograf�a espa�ola”, Estado, protesta y movimientos sociales, Zarautz, 1998, pp. 191-214; “Spanisch Historiography”, Swiat historii, Poznan, 1998, pp. 35-62.
[3] La intervenci�n de “vanguardias” organizadas, sobre todo en el siglo XX, altera en cierta medida lo dicho pero no totalmente: los grupos organizados condicionan sus decisiones al estado de �nimo colectivo, del cual depende el �xito o fracaso de la revuelta, y, a menudo, su propia realizaci�n.
[4] Carlos BARROS, Mentalidad justiciera de los irmandi�os, siglo XV, Madrid, 1990 (Vigo, 1988).
[5] Carlos BARROS, "Vivir sin se�ores. La conciencia antise�orial en la Baja Edad Media gallega", Se�or�o y feudalismo en la Pen�nsula Ib�rica, IV, Zaragoza, 1993, pp. 11-49
[6] Por ejemplo, el peaje en el puente de La Rocha (Santiago de Compostela).
[7] Carlos BARROS, "Vasallos y se�ores: uso alternativo del poder de la justicia en la Galicia bajomedieval", Arqueologia do Estado. I� Jornadas sobre formas de organi��o e exerc�cio dos poderes na Europa do Sul, s�culos XIII- XVIII, Lisboa, 1988, pp. 345-354.
[8] Ni siquiera en Arag�n, que viv�a tambi�n en esos a�os un endurecimiento de las condiciones de dependencia de la clase servil, Esteban SARASA, Sociedad y conflictos sociales en Arag�n. Siglos XIII-XV. Estructuras de poder y conflictos de clase, Madrid, 1981, p. 175.